Fondos de inversión
Fiscalidad de los fondos de inversión
Los fondos de inversión tributan como ganancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro del IRPF, con independencia del plazo de generación de dicha ganancia o pérdida.
Son, por tanto, compensables entre sí y con otras ganancias o pérdidas del periodo y/o de los cuatro ejercicios anteriores, hasta dejar la base del ahorro a cero. Si hubiera un resto negativo se guardaría para compensar ganancias de los cuatro años posteriores.
Durante los años 2012 y 2013 la fiscalidad aplicable a los fondos de inversión será la que se muestra en el cuadro siguiente:
| Bizkaia | Alava | Guipuzcoa | Navarra | Territorio Común | |
|---|---|---|---|---|---|
20% |
21% |
24% |
25% |
26% |
27% |
20% |
23% |
20% |
20% |
22% |
23% |
| Retenciones | |||||
| Bizkaia | Alava | Guipuzcoa | Navarra | Territorio Común | |
21% |
21% |
21% |
20% |
21% |
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Traspaso de fondos
Tienen la ventaja fiscal de la posibilidad de realizar traspasos entre fondos registrados en la CNMV. La figura del traspaso de fondos permite traspasar la inversión de un fondo a otro, aunque sea de otra gestora diferente y esté depositado y/o comercializado por otra entidad, sin tener que tributar por ello y manteniendo las fechas y los importes de compra de la inversión original, como si nunca se hubiera hecho un cambio en la inversión. Sólo se consideran sujetos al IRPF los reembolsos o las ventas no efectuadas como consecuencia de un traspaso.

